DICTÁMENES APROBADOS EN LA LXII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto por el que se expide la Ley General para la Atención y Protección a personas con la condición del Espectro Autista.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
5-Marzo-2015
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Marzo-2015
- Atención a Grupos Vulnerables

Fecha de dictamen:
5-Marzo-2015

Aprobación en el Senado:
26-Marzo-2015

Publicación en el DOF:
30-Abril-2015
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de impulsar la plena integración e inclusión a la sociedad de las personas con la condición del espectro autista, mediante la protección de sus derechos y necesidades fundamentales que les son reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Crear la Comisión Intersecretarial para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, como una instancia de carácter permanente del Ejecutivo Federal, con el objeto de garantizar la ejecución de los programas de atención a dichas personas. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Paloma Villaseñor Vargas (PRI) y por diputados de diversos grupos parlamentarios, el 17 de febrero de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 05 de marzo de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 384 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 10 de marzo de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de marzo de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 82 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 30 dce abril de 2015.
2   Decreto por el que se expide la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Función Pública (Administración Pública, Transparencia Administrativa, Resp. de los Serv. Públicos y Bienes Nacionales


Estado actual: Aprobado


- Gobernación

Fecha de dictamen:
16-Abril-2015

Publicación en el DOF:
4-Mayo-2015
Crear un ordenamiento jurídico que tiene por objeto establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad órgano, y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, la Entidades Federativas y los Municipios. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por las Senadoras y Senadores, Arely Gómez González (PRI), Laura Angélica Rojas Hernández (PAN), Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez (PRD), Pablo Escudero Morales (PVEM), María Marcela Torres Peimbert (PAN), Dolores Padierna Luna (PRD), Isidro Pedraza Chávez (PRD), Angélica de la Peña Gómez (PRD), Armando Ríos Piter (PRD) y Zoé Robledo Aburto (PRD) el 02 de diciembre de 2014.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 18 de marzo de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 110 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 19 de marzo de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 16 de abril de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 385 votos a favor, 24 en contra y 3 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 04 de mayo de 2015.
3   Decreto por el que se expide la Ley de Ahorro y Crédito Popular, y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
22-Abril-2015
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
22-Abril-2015

Regular, promover y facilitar la captación de fondos o recursos monetarios y su colocación mediante préstamos o créditos u otras operaciones por parte de las Sociedades Financieras Populares; promover y facilitar las actividades y operaciones de las Sociedades Financieras Populares, así como su sano y equilibrado desarrollo; proteger los intereses de sus Clientes, y establecer los términos en los que el Estado ejercerá la rectoría de las referidas Sociedades Financieras Populares. Facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para limitar o suspender la celebración de operaciones de una sociedad cuando afecte los intereses del público y enfatizar la implementación del Fondo de Ahorro Popular como mecanismo de protección en caso de que se declare la revocación de la autorización de operaciones de una Sociedad. Precisar los delitos que se considerarán graves en la materia; ampliar la facultad sancionatoria de la CNBV por el incumplimiento en diversos plazos para la atención de los requerimientos de información, documentación, aseguramiento, desbloqueo de cuentas, transferencia o situación de fondos formulados por las autoridades competentes y la participación de entidades, centros cambiarios, transmisores de dinero o sociedades financieras de objeto múltiple no regulados en operaciones con recursos de procedencia ilícita. 1. Iniciativa suscrita por Senadores y Diputados de la Sexagésima Segunda Legislatura el, 14 de abril de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 22 de abril de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículo no reservados por 328, votos a favor, 35 en contra y 16 abstenciones

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 23 de abril de 2015, se turnó a las Comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.
4   Decreto por el que se expide la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Seguridad Pública


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Abril-2015
- Seguridad Pública

Fecha de dictamen:
29-Abril-2015

Crear un ordenamiento jurídico que tiene por objeto regular el ejercicio de la función de seguridad pública en el Distrito Federal, en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, al Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables. La función de seguridad pública deberá realizarse conforme a las bases de coordinación y distribución de competencias establecidas en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, procurando la protección y el respeto de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de que el Estado mexicano sea parte. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. Julio César Moreno Rivera (PRD), el 14 de abril de 2015.

b). Iniciativa suscrita por la Dip. Margarita Saldaña Hernández (PAN), el 15 de diciembre de 2014.

c) Iniciativa suscrita por los Dips. Ana Isabel Allende Cano, Sergio Armando Chávez Dávalos, José Alejandro Montano Guzmán y José Alberto Rodríguez Calderón, integrantes de diversos grupos parlamentarios, el 04 de diciembre de 2014.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de abril de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 369 votos a favor y 10 en contra

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de abril de 2015, se turnó a las comisiones unidas del Distrito Federal y de Estudios Legislativos Primera.
5   Decreto por el que se expide la Ley del Derecho a la Alimentación Adecuada.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Social


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
30-Abril-2015
- Derechos Humanos
- Desarrollo Social

Fecha de dictamen:
30-Abril-2015

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer las bases para garantizar el acceso, disfrute y ejercicio efectivo del derecho a la alimentación, definir las competencias y mecanismos de coordinación entre los distintos órdenes de gobierno, así como la concertación con los diversos sectores de la población; regular la política alimentaria y sus instrumentos de aplicación; establecer las disposiciones básicas sobre producción, distribución y consumo de alimentos; definir las bases para la participación social; y establecer los mecanismos para la exigibilidad del derecho a la alimentación, los medios de impugnación, responsabilidades y sanciones. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Gloria Bautista Cuevas (PRD) y suscrita por diputados de diversos grupos parlamentarios, el 14 de octubre de 2014.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 30 de abril de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 363 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de septiembre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Autosuficiencia Alimentaria y Estudios Legislativos.
6   Decreto que expide la Ley Federal para el Fortalecimiento de la Marina Mercante y de la Industria Naval Mexicanas.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Defensa, Marina y Seguridad Nacional


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
30-Abril-2015
Gaceta Cámara de Senadores:
17-Febrero-2016
- Marina

Fecha de dictamen:
30-Abril-2015

Aprobación en el Senado:
17-Febrero-2016

Crear un ordenamiento jurídico que tiene por objeto impulsar el crecimiento de la marina mercante mexicana, lograr su adecuada participación en la transportación marítima de nuestro comercio exterior, y en el cabotaje, así como, fomentar la industria naval nacional y su industria naval auxiliar. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Arnoldo Ochoa González (PRI) el 09 de abril de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 30 de abril de 2015. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 332 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de septiembre de 2015, se turnó a las comisiones unidas de Marina y Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 17 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 80 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.